Decreto 55/2006, de 5 de octubre, por el que se crea el Foro de la Inserción Sociolaboral de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Empleo
Rango de LeyDecreto

La Estrategia Europea para el Empleo fija como uno de sus objetivos fundamentales, promover la integración de las personas desfavorecidas en el mercado de trabajo y combatir la discriminación de que son objeto. Para conseguir este objetivo, hay que fomentar la integración de las personas que se enfrentan a dificultades específicas en su inserción en el mercado de trabajo, desarrollando y facilitando su empleabilidad, aumentando las oportunidades de trabajo e impidiendo todas las formas de discriminación.

Por su parte el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, recogiendo lo dispuesto en el artículo 9 de la Constitución Española impone a la Administración de esta Comunidad Autónoma la adopción de las políticas tendentes a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, obligándole a impulsar aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y el crecimiento económico.

La implantación de las políticas adecuadas a la consecución de estos fines se halla amparada por varios títulos estatutarios, entre los que resultan destacables los previstos en los artículos 8.Uno.4, y 11.Uno.3. Además, el artículo 8.Uno.30 atribuye a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia exclusiva en materia de Asistencia y Servicios Sociales.

Bajo la cobertura de estos títulos, el Parlamento de la Comunidad Autónoma de la Rioja, aprobó la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral, que tiene como objetivo establecer un marco que propicie y fomente la inserción sociolaboral de personas en situación o grave riesgo de exclusión social. Por ello, en su Disposición Adicional Segunda, dispone que se creará un Foro de la Inserción Sociolaboral para facilitar la participación de las Administraciones Públicas, de los agentes sociales y económicos y de las entidades que operan en el ámbito de la inserción sociolaboral, donde puedan realizar sus aportaciones al desarrollo de la Ley, en base a los conocimientos y experiencia que tienen en esta materia, cuya composición, régimen y funcionamiento se desarrollarán reglamentariamente.

Además, el Acuerdo Social para la Productividad y el Empleo en La Rioja, firmado el 14 de enero de 2005, por el Gobierno de La Rioja y los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, prevé como objetivo prioritario impulsar un crecimiento económico sostenido y sustentable en La Rioja para el futuro, dirigido a la consolidación del pleno empleo productivo y de calidad para todos los riojanos, haciendo un esfuerzo especial con las mujeres, jóvenes y los colectivos más desfavorecidos.

Sobre la base de lo expuesto, el Gobierno de La Rioja se propone crear un órgano de consulta y participación en el que se propongan y debatan todas aquellas cuestiones relacionadas con la inserción sociolaboral de personas que podrían acceder al mercado laboral, si bien encuentran especiales dificultades para lograrlo por motivos derivados de las circunstancias personales o sociales en la que se encuentran, con el objetivo de sensibilizar a la sociedad acerca de la problemática que encuentran estas personas, en aras a hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades de las mismas.

La naturaleza de las causas de la exclusión, la tendencia acumulativa de sus efectos y el carácter multidimensional de sus manifestaciones exigen por parte de la sociedad en general, y de las Administraciones Públicas en particular, una intervención global destinada, por un lado, a iniciar y encauzar el largo proceso de transformaciones estructurales indispensables para la progresiva erradicación del fenómeno, y por otro lado, a paliar a corto plazo las graves consecuencias sociales de los procesos y de las situaciones de exclusión.

En la tramitación del presente Decreto han sido consultadas las organizaciones y entidades representadas en el Foro habiendo sido, además, informado favorablemente por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y por la Dirección General de los Servicios Jurídicos.

En su virtud el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y Empleo, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 5 de octubre de 2006, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1 Creación y adscripción del Foro de la Inserción Sociolaboral.
  1. Se crea el Foro de la Inserción Sociolaboral en La Rioja, como órgano colegiado de consulta y participación de las Administraciones Públicas, de los agentes sociales y económicos y de las entidades que operan en el ámbito de la inserción sociolaboral.

  2. El Foro se integra en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y se adscribe a la Consejería competente en materia de Empleo.

  3. Las competencias, estructura y régimen de funcionamiento del Foro serán las que se establecen en el presente Decreto.

Artículo 2 Fines

El Foro de la Inserción Sociolaboral en La Rioja tiene como fines:

  1. Posibilitar el encuentro y diálogo entre instituciones y entidades...

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