Decreto 80/2020, de 15 de mayo, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Quel
Rango de LeyDecreto

Visto el Decreto 2019-0070 de 20 de junio de 2019 de nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local y delegación de competencias que ostenta el Alcalde a favor de la Junta de Gobierno Local.

Teniendo en cuenta que a la vista del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Alcalde dictó Resolución de 16 de marzo de 2020 de avocación de competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local.

Considerando que La Rioja se encuentra en Fase 1 del Plan Nacional para la desescalada en la situación de crisis sanitaria que atravesamos, en la que se permite mantener reuniones presenciales de diez personas como máximo y que previsiblemente el próximo 25 de mayo se pase a la Fase 2 del citado Plan.

Esta Alcaldía considera procedente reanudar el próximo 25 de mayo la celebración de las sesiones de la Junta de Gobierno Local, en adecuadas condiciones de seguridad y siguiendo las prescripciones sanitarias aplicables, razón por la cual, procede asignarle por delegación, las competencias que fueron avocadas, si bien por razones de eficacia y eficiencia conviene que la Alcaldía mantenga las competencias de contratación de emergencia motivadas por el COVID-19.

Visto todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones legales conferidas,

RESUELVO

Primero.- Delegar a favor de la Junta de Gobierno, sin perjuicio de las funciones de asesoramiento y consulta legalmente atribuidas, el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. - Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.

  2. - El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de las competencias atribuidas a esta Junta.

  3. - Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

  4. - La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del Planeamiento General no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

  5. - Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las Ordenanzas municipales, salvo en caso de que esta facultad esté atribuida a otros órganos.

  6. - Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando...

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