Decreto 42/2018, de 21 de diciembre, por el que se crea la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia
Rango de LeyDecreto

La Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, dedica específicamente el Capítulo I del Título III a definir y regular la llamada «Sede Judicial Electrónica» que de conformidad con su artículo 9 se define como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de justicia».

Con la implantación de la Sede Judicial Electrónica se pretende centralizar los procedimientos y servicios que presta cada una de las oficinas judiciales y de las oficinas fiscales dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al objeto de facilitar el acceso a las mismas, así como crear un espacio en el que la Administración de Justicia, el ciudadano y los profesionales se relacionen en el marco de la actividad judicial con las garantías procesales necesarias.

El artículo 9 del mencionado texto normativo establece que «las Administraciones competentes en materia de justicia determinarán las condiciones e instrumentos de creación de las sedes judiciales electrónicas» que en todo caso se crearán mediante disposición publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma» correspondiente.

La competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja para dictar la norma proyectada resulta de lo dispuesto en los artículos 34.1 y 39.1 del vigente Estatuto de Autonomía de La Rioja, preceptos ubicados en el capítulo II del Título III, y que han de entenderse en el marco del artículo 149.1 de la Constitución Española.

Además, mediante Real Decreto 1800/2010, de 30 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, se aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de La Rioja, adoptado por el Pleno en su reunión de 28 de diciembre de 2010, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Este decreto ha sido informado favorablemente por el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica y la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 21 de diciembre de 2018, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente Decreto tiene por objeto la creación de la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 18/2011, de 5...

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