Decreto 24/2018, de 27 de julio, por el que se modifica el Decreto 61/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la identificación de los animales de compañía (perros, gatos y hurones) en la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La Ley 5/1995, de 22 de marzo, de Protección de los Animales, modificada por la Ley 2/2000, de 31 de mayo, establece la obligatoriedad de crear un registro de identificación de los animales de compañía.

En desarrollo de la citada Ley se publicó el 9 de diciembre de 2004 el Decreto 61/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la identificación de los animales de compañía (perros, gatos y hurones) en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La experiencia acumulada a lo largo de estos últimos años aconseja modificar algunas cuestiones relativas a procedimiento y plazos.

Así mismo, dadas las especiales características de los hurones y revisada las normativa de comunidades autónomas limítrofes a La Rioja, procede contemplar la identificación de esta especie de una manera singular.

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, atribuye en su artículo octavo. Uno.19 a esta Comunidad Autónoma las competencias exclusivas en agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía.

Por otro lado, el artículo 7.2.3.e) del Decreto 28/2015, de 21 de julio, atribuye a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, entre otras funciones específicas, la gestión y control en materia de producciones ganaderas, en concreto el registro de explotaciones ganaderas, la producción, la experimentación, la sanidad, la identificación y el bienestar animal. Por lo tanto, la Dirección General de Agricultura y Ganadería tiene competencia para regular esta materia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de julio de 2018, acuerda aprobar el siguiente

DECRETO

Artículo Único Modificación del Decreto 61/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la identificación de los animales de compañía (perros, gatos y hurones) en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Decreto 61/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la identificación de los animales de compañía (perros, gatos y hurones) en la Comunidad Autónoma de La Rioja, queda modificado del modo siguiente:

Uno. Se modifica el artículo 1, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 1. Objeto

El presente Decreto tiene por objeto:

a) Establecer la obligación de identificar a los animales de compañía (perros y gatos), en la Comunidad Autónoma de La Rioja y regular el sistema para la correcta identificación de los mismos.

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