Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2017
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Presidencia, Relaciones Institucionales y AcciÓN Exterior
Rango de LeyDecreto

El Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como instrumento de publicidad y transparencia de la actividad convencional, se reguló por Decreto 11/1996, de 15 de marzo, con objeto de crear un marco normativo para la inscripción de los convenios formalizados por parte de su administración.

El tiempo transcurrido desde la aprobación del decreto citado ha permitido, por un lado consolidar plenamente el procedimiento de Registro, y por otro adecuar el mismo a las nuevas necesidades tanto en la forma del registro como en el contenido del mismo.

Este nuevo decreto pretende avanzar en el Gobierno abierto, la transparencia y la claridad y actualización de la información. El texto propone facilitar el acceso de los ciudadanos al contenido íntegro de los convenios a través de la página web del Gobierno de La Rioja.

Los convenios son un instrumento perteneciente al ámbito relacional del Gobierno, que permiten dar forma a la necesidad de establecer alianzas público-públicas, público-privadas en torno a la misión que el Estatuto de Autonomía de La Rioja atribuye al Ejecutivo regional.

La Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación, promueve en su regulación, una Administración Pública abierta, transparente y accesible, ágil, eficaz y eficiente garantizando el uso de los medios electrónicos. A ello responde la implantación del Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por último, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, desarrolla un régimen jurídico completo de los convenios fijando el contenido mínimo, clases, duración y extinción y potenciando el control del Tribunal de Cuentas.

Por todo lo expuesto, resulta conveniente renovar el marco normativo que regula el funcionamiento del Registro, para incorporar al mismo las características propias de las tecnologías empleadas en la actualidad.

Esta norma encuentra cobertura en diversos preceptos del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, que confiere a la Comunidad Autónoma de La Rioja, la competencia exclusiva respecto de varias materias en concreto, en sus artículos 8.uno.1. 'la organización, estructura, régimen y funcionamiento de la organización propia de La Rioja', o en el artículo 8.Uno.5 'Creación y gestión de un sector público propio de la Comunidad'.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de abril de 2017, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto.

Se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como instrumento de publicidad, transparencia y buen gobierno de la actividad convencional del Gobierno de La Rioja.

Artículo 2 Registro Electrónico.
  1. En este Registro Electrónico se inscribirán todos los convenios que suscriba la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y su sector público con otras administraciones públicas, con el sector público de otras administraciones o con entidades privadas, en el ámbito de sus respectivas...

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