Decreto 47/1996, de 30 de agosto, por el que se crea la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Salud, Consumo y Bienestar Social |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 2/90, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja menciona en su artículo 3.7 que los Servicios Sociales se han de basar en el principio de planificación y coordinación
En el ejercicio de sus funciones, la Dirección General de Bienestar Social ha de coordinar, por tanto, las actuaciones de las diferentes Administraciones con las de la iniciativa privada e Instituciones Sociales para dar respuesta a dichos objetivos.
Fue a partir de la elaboración de los borradores de los Planes Regionales de Mujer y Personas con Discapacidad del año 1995 cuando la Dirección General considera la necesidad de crear dentro de la Administración Autonómica de crear un órgano que regula las actuaciones de los Organismos que la competen con el fin de conseguir su apoyo.
Es por esto que la Dirección General de Bienestar Social se plantea la creación de la Comisión Interinstitucional que coordine, desde la perspectiva de la planificación integrada, las actuaciones entre las distintas Consejerías del Gobierno de La Rioja, procurando su cooperación en los proyectos y actividades de dicha Dirección General.
En su virtud el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Salud, Consumo y Bienestar Social y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 30 de agosto de 1996, acuerda aprobar el siguiente
DECRETO
Al objeto de conseguir una política integral de bienestar social, se crea, adscrita a la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social, la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social, como órgano de coordinación y cooperación entre las distintas Consejerías del Gobierno de La Rioja.
Son funciones de la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social:
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) Conocer, estudiar e intercambiar información sobre todas las actividades y proyectos que relacionados con el bienestar social, realicen las distintas Consejerías.
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) Elaborar Planes Sectoriales en materia de bienestar social y proponer al Consejo de Gobierno su aprobación.
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) Aprobar programas que desarrollen los Planes Sectoriales y proponer a las Consejerías afectadas la realización de las actuaciones precisas para su aplicación.
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