Orden nº 3/1999 de 15 de enero, de la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social, por la que se convocan ayudas económicas con carácter de subvención en materia de salud para 1999.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Salud Consumo y Bienestar Social
Rango de LeyOrden

Desde que esta Consejería aprobara mediante Orden de 27 de enero de 1998 (B.O.R. 31.01) las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para determinadas actuaciones en materia de Salud, modificada por posterior Orden de 20 de abril de 1998 (B.O.R. 02.05), la convocatoria anual se ciñe exclusivamente a habilitar el período de presentación de solicitudes, con remisión en cuanto a los requisitos generales a las Órdenes citadas.

Tal es la finalidad de la presente Orden, al propio tiempo que amplía el plazo de justificación para los beneficiarios por Orden anterior que, por la naturaleza de la propia subvención, se han visto imposibilitados de cumplir con los plazos inicialmente concedidos.

En consideración a lo expuesto, y previo informe de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, de la Intervención General y de la Asesoría Jurídica General del Gobierno de La Rioja, apruebo la siguiente

ORDEN

Artículo 1

Por la presente Orden se convoca la concesión de ayudas económicas con carácter de subvención en materia de salud, en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes al ejercicio 1999, en favor de las Corporaciones Locales y Asociaciones e Instituciones sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos exigidos en la Orden de 27 de enero de 1998 (B.O.R. 31.01) modificada por Orden de 20 de abril de 1998 (B.O.R. 02.05).

Artículo 2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de La Rioja.
Artículo 3 El impreso de solicitud se facilitará por la Dirección General de Salud y Consumo, Servicio de Atención Sanitaria, sito en Logroño, calle Villamediana número 17.

El objeto de la subvención, la documentación a acompañar, requisitos, obligaciones, criterios de concesión, justificaciones, etc. se regirá por lo dispuesto en la Orden de esta Consejería de 27 de enero de 1998 (B.O.R. 31.01), por la que se aprueban las Bases...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR