Orden 133/2000, 22 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión por promoción interna de una plaza laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Oficial 1ª de Oficio (Alba...

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

De conformidad con la Disposición Adicional Única y Final Primera del Decreto 11/2000, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2000, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para la provisión por promoción interna de una plaza laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Oficial 1ª de Oficio (Albañil) (L.05/00)

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la categoría profesional de Oficial 1ª de Oficio (Albañil) por el sistema de promoción interna.

1.2.- A la persona que resulte contratada le será de aplicación el régimen de incompatibilidades que establece la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

1.3.- Las retribuciones son las establecidas en el Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Grupo D.

1.4.- El referido personal tendrá los derechos y obligaciones que establecen en la normativa laboral general, en el Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en las cláusulas del correspondiente contrato, y podrá ser destinado a desarrollar actividades propias de su categoría profesional en cualquiera de los Órganos, Centros y Dependencias de la Administración Autonómica, según lo exijan las necesidades del servicio.

1.5.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de Concurso-Oposición.

1.6.- Fase de Concurso: En la fase de concurso, que no será eliminatoria, se valorarán, conforme a la Base 7, los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de lo dispuesto en el Art. 21.1.b) párrafo segundo del Convenio Colectivo vigente, y las puntuaciones que en ella se obtengan se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación y el consiguiente orden final de la correspondiente relación de aprobados. Los puntos obtenidos en la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

1.7.- Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo de noventa minutos, a un cuestionario de setenta y cinco preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, veinticinco versarán sobre la Parte General y cincuenta de la Parte Específica del Programa.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba práctica propuesta por el Tribunal relacionada con las funciones profesionales propias de la plaza convocada.

El Tribunal determinará, en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo máximo de que disponen los aspirantes para su realización.

Este ejercicio no podrá ser superado por un número mayor de aspirantes al de plazas convocadas.

1.8.- El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que no deban ser leídos públicamente ante el Tribunal Calificador, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.9.- El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura como Anexo II a esta Orden.

Base 2.- Requisitos de los aspirantes.

2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español.

  2. Tener cumplidos dieciocho años de edad.

  3. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Ciclo Formativo de Grado Medio, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, y estando en situación de activo, tener dos años de antigüedad en una categoría del Grupo E.

    Los aspirantes que pertenezcan a categorías del Grupo E, y no posean la mencionada titulación, podrán participar si tienen una antigüedad de diez años en su propio Grupo o cinco años y la superación de un curso específico al que se accederá por criterios objetivos.

    Para computar los períodos, a que se refiere este apartado, al personal laboral fijo discontinuo, se le tendrá en cuenta el tiempo de servicios efectivamente prestado, incluido el reconocido al amparo del Art. 21.1 b) párrafo segundo del Convenio Colectivo vigente.

  4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    En las pruebas selectivas se establecerán para las personas disminuidas que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    2.2.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

    Base 3.- Solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas presentarán su solicitud en el impreso correspondiente, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.

    3.2.- La...

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