Orden de 20 de abril de 1998 de la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social, por la que se modifica el artículo 2.1.b) de la orden de 27 de enero de 1998 de la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para determinadas actuaciones en materia de salud

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Salud, Consumo y Bienestar Social
Rango de LeyOrden

La Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social ha advertido que la redacción del artículo 2.1.b) de la Orden de 27 de enero de 1998, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para determinadas actuaciones en materia de salud, puede interpretarse como si se pretendiera excluir a las Asociaciones y/o Instituciones que no estuvieran radicadas en La Rioja de las ayudas convocadas. Esta interpretación supone una limitación que no obra en beneficio de la comunidad científico-sanitaria de La Rioja habida cuenta de la dimensión de la Comunidad Autónoma y que los centros de conocimiento del sector sanitario están repartidos en las grandes capitales. La Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social lejos de que una norma aprobada por ella suponga un reduccionismo y empobrecimiento de las posibilidades de asistencia y participación de los profesionales de la salud en actividades Normativas se propone modificar la redacción del artículo 2.1.b), arriba citado, y abrir el abanico a todas las Asociaciones y/o Instituciones con la limitación de que la actuación debe realizarse en La Rioja y para beneficio de la población riojana.

En consideración a lo expuesto, previo informe de la Secretaría General Técnica de esta Consejería y de la Intervención General, apruebo la siguiente

ORDEN

Artículo único

Se modifica la redacción de la letra b), apartado 1, del artículo 2 de la...

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