Decreto 15/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al Servicio del Servicio Riojano de Empleo

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

Por Ley 2/2003, de 3 de marzo, se crea el Servicio Riojano de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y que se adscribe a la Consejería de Hacienda y Empleo.

Por Decreto127/2003, de 26 de diciembre, se aprueban los estatutos de funcionamiento del Servicio Riojano de Empleo. El artículo 18.2 establece que será de aplicación a este personal la normativa sobre función pública y la demateria laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Por Decreto 128/2003, de 30 de diciembre, se establece la estructura orgánica del Servicio Riojano de Empleo.

Las circunstancias reseñadas anteriormente hacen necesario proceder a la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo de funcionarios y de personal laboral del Servicio Riojano de Empleo, siguiendo los criterios que con carácter general rigen en esta materia en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta, del Consejero de AdministracionesPúblicas y Política Local y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 20 de febrero de 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.7 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo Único

Se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio del Servicio Riojano de Empleo, que figuran como Anexo I al presente Decreto.

Disposiciones Adicionales
Disposición Adicional Primera

El complemento de destino y complemento específico de los puestos base que no figuran contemplados expresamente en el Anexo I, será el establecido para el resto de puestos del personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el Decreto de Relación de Puestos de Trabajo que esté en vigor en su momento y se identificarán con el número de orden 9999.

Disposición Adicional Segunda

Los puestos de trabajo correspondientes a funcionarios serán desempeñados, con carácter general por funcionarios de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR