Decreto de Alcaldía sobre caducidad y baja de la inscripción padronal
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Rango de Ley | Decreto |
De conformidad con el Art. 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en el padrón municipal de habitantes, será objeto de renovación periódica cada dos años.
Visto que consultados los datos obrantes en el vigente padrón de habitantes no han sido renovadas las siguientes inscripciones padronales:
Apellidos, Nombre: Arshid, Mohammad
Fecha de caducidad: 26/12/09
Vistos los Arts. 42 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el Art. 76.3 dela citada Ley.
La presente publicación surtirá los efectos previstos en el Art. 59.4 de la mencionada Ley 30/1992 en los supuestos previstos en el mismo.
Esta Alcaldía-Presidencia en uso de las atribuciones conferidas, resuelve
1) Acordar la caducidad de las siguientes inscripciones padronales:
Apellidos, Nombre: Arshid, Mohammad
Fecha de caducidad: 26/12/09
2) Acordar la baja en el padrón municipal de habitantes de las mismas.
3) Notificar la presente Resolución al interesado.
Advirtiendo que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, con arreglo a los Arts. 8 y 46.1 de la Ley de esa Jurisdicción de 13 de julio de 1998. Potestativamente, podrá asimismo interponer recurso de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes...
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