Resolución de Alcaldía nº 255/2008, declarando Bajas por Caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes de Arnedo, de extranjeros no comunitarios que no han procedido a la renovación del mismo
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Emisor | Ayuntamiento de Arnedo |
Rango de Ley | Resolución |
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley /85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y a tenor de lo dispuesto en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años y en la Resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto nacional de Estadística y del director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo acudido los interesados a formalizar su Renovación en la Inscripción Padronal.
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 34 de fecha 8 de marzo de 2008, anuncio haciendo pública la iniciación de expedientes de Baja por Caducidad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, sin que en el plazo de quince días hábiles se haya presentado alegación y/o documentación alguna al respecto por los interesados.
He resuelto:
Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han caducado y por tanto se acuerda su baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, cuya fecha de efectos será, a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre...
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