Orden 109/2007, de 25 de junio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador) en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. (CT.08/07).

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

Convocadas pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador), y previamente a la adjudicación de destino de los funcionarios de nuevo ingreso que sean seleccionados en los mismos, procede ofertar Concurso de Traslados a los funcionarios que se hallan al servicio de la Administración con el fin de permitir su movilidad.

En su virtud, esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, convoca Concurso de Traslados en las condiciones y para los puestos que se indican, conforme a las siguientes bases:

Primera.- Puestos Convocados.

1.1.- Se convocan los puestos que se relacionan en el Anexo I a esta Orden, pudiendo solicitarse los mismos, así como los que pudieran resultar como consecuencia de las adjudicaciones que se produzcan, siempre que los concursantes reúnan los requisitos establecidos para ello. En caso de que el solicitante opte a más de un puesto de los ofrecidos, deberá hacer constar con claridad en su solicitud el orden de preferencia para la adjudicación de aquéllos.

Los puestos que se soliciten del Anexo I a esta Orden deberán coincidir con los puestos publicados en ese Anexo I. En caso de que la coincidencia no sea exacta o no se pueda determinar de la solicitud del participante, cuál es el puesto solicitado, éste no se tendrá en cuenta para su adjudicación.

1.2.- Los puestos que se soliciten a resultas, circunstancia que se deberá hacer constar de forma expresa, únicamente podrán ser adjudicados en el caso de que su titular, que lo desempeña con carácter definitivo, obtenga otro puesto en el Concurso; en consecuencia, si el citado titular no participa en el Concurso o si participando no obtiene puesto en el mismo, se entenderá que el citado puesto no ha sido convocado.

Segunda.- Requisitos y Condiciones de Participación.

Los requisitos y las condiciones de participación serán referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.1.- Podrán participar en este Concurso de Traslados los funcionarios de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja que pertenezcan al Cuerpo Facultativo de Grado Medio de Administración Especial (Educador) de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellos otros que desempeñando un puesto en la misma con carácter definitivo, pertenezcan a Cuerpos similares de otras Administraciones Públicas.

El personal, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión, podrá tomar parte en el concurso siempre que reúnan las condiciones generales y los requisitos determinados en la convocatoria.

2.2.- No podrán participar en este Concurso los funcionarios que hayan tomado posesión en el último destino obtenido en Concurso, sin haber transcurrido dos años desde la misma, salvo en el ámbito de una misma Consejería, o en el supuesto previsto en el párrafo segundo del apartado e) del número 1 del artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como por supresión del puesto de trabajo y cuando hubieran sido nombrados posteriormente para ocupar un puesto de libre designación.

2.3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 78/91, de 28 de noviembre, los destinos de los funcionarios de nuevo ingreso serán equivalentes a...

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