Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa

Extracto


Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa

El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 30 de julio de 2009 aprobó provisionalmente la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de Terrenos de uso Público por Mesas y Sillas con finalidad lucrativa.

No habiéndose presentado reclamaciones contra el antedicho acuerdo provisional durante el plazo de treinta días de exposición al público, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 53 de 3 de mayo de 2010, queda definitivamente adoptado el acuerdo de referencia.

Contra dicho acuerdo y Reglamento podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción, pudiendo interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes.

Texto del Acuerdo.

El Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba al Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, establece en su artículo 3 que las calles y plazas son bienes de uso público; y dispone en su artículo 77, que el uso común especial normal de los bienes de dominio público se sujetarán a licencia, ajustada a la naturaleza del dominio, a los actos de su afectación y apertura al uso público y a los preceptores de carácter general.

La instalación de...

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