Aprobación definitiva del Reglamento Municipal para la prestación de ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia en materia de Servicios Sociales

BOR. Boletín Oficial de La Rioja núm. 100, 10 de Agosto de 2000III. Otras disposiciones y actos › Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada

Enlazado como:

Extracto


Aprobación definitiva del Reglamento Municipal para la prestación de ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia en materia de Servicios Sociales

Aprobado inicialmente, por el Pleno Corporativo, en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2000, el Reglamento Municipal para la prestación de ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia en materia de servicios sociales, tal como se transcribe más adelante, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del Reglamento, efectuado mediante anuncio fijado en el B.O.R. nº 75, de 15 de junio de 2000, queda definitivamente aprobado, lo que se hace público, a los efectos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, con la publicación del texto íntegro.

Contra el presente Reglamento, que pone fin a la vía administrativa, podría interponerse recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Reglamento municipal para la prestación de ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia en materia de servicios sociales.

La prestación de ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia es una de las Prestaciones Básicas que pretende dar respuesta a la necesidad social de «convivencia personal», necesidad en torno a la cual se articula el nivel más primario de relaciones humana absolutamente necesarias para el desarrollo personal y para la integración social de las personas.

Esta Prestación a la que hacen referencia, de algún modo, todas las Leyes Autonómicas de Servicios Sociales es uno de los contenidos mínimos que deben garantizar los servicios sociales municipales según los artículos 25.2 K y 26.1. c de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local. Por otra parte, el Plan Concertado para el desarrollo de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales en las Corporaciones Locales regula su función general y la Ley 2/90 de la Comunidad Autónoma de La Rioja fija el marco e...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía