Orden 21/2016, de 5 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

De acuerdo con las Directrices Estratégicas Comunitarias de Desarrollo Rural, una de las grandes prioridades comunitarias de la Política de Desarrollo Rural es el desarrollo de la capacidad local de creación de empleo y diversificación. Esta prioridad se refiere directamente a la aplicación del enfoque LEADER, estableciéndose que los recursos asignados a la medida 19 del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo del FEADER han de contribuir a la mejora de la gobernanza y a la movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales, además de la consecución de los objetivos prioritarios de los Ejes correspondientes a las estrategias de competitividad, medio ambiente y calidad de vida/diversificación de la actividad agraria.

El desarrollo normativo de esta medida se ha llevado a cabo mediante la publicación de la Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020.

Publicadas las primeras convocatorias de la medida a través de los Grupos de Acción Local, se entiende que es necesario modificar parcialmente la regulación efectuada para lograr un funcionamiento más operativo de la Orden.

Por lo expuesto, de conformidad con las funciones y competencias atribuidas a esta Consejería en el Decreto 28/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural y previos los informes preceptivos, apruebo la siguiente

ORDEN

Artículo Único Modificación de la Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020.

La Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020 queda modificada de la siguiente forma:

Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 7, que queda redactado como sigue:

  1. Los proyectos podrán ser de los siguientes tipos:

    1. Proyectos productivos: Serán los que se dirigen a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada siempre que dichas propiedades estén integradas en el proceso productivo de una actividad empresarial.

    2. Proyectos no productivos: los que no suponen un desarrollo de la actividad económica o no están afectos a una actividad económica, y los propios de entidades públicas, siempre que afecten al ejercicio de competencias propias, o de entidades sin ánimo de lucro.

    Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 10, que queda redactado como sigue:

  2. Los porcentajes de ayudas mínimos serán de un 25 % en proyectos productivos y de un 60% en proyectos no productivos. El Grupo podrá establecer en las estrategias de desarrollo local participativa incrementos de los porcentajes de ayuda como consecuencia de criterios como la...

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