Oficio-Circular nº 08/2007: Normas de campaña de vendimia

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Oficio-Circular nº 08/2007: Normas de campaña de vendimia

Comunicamos a todos los inscritos que, en el tablón de anuncios de este Consejo

Regulador, C/. Estambrera, nº 52 de Logroño, está expuesta la circular número 08/2007 por la

que se comunica que el artículo 26 de la Ley 24/2003 de la Viña y del Vino encomienda al

órgano de gestión, entre otras funciones, la de establecer para cada Campaña, según criterios de

defensa y mejora de la calidad y dentro de los límites fijados por su Reglamento, los

rendimientos, límites máximos de producción y transformación, autorización de la forma y

condiciones de riego, o cualquier otro aspecto de coyuntura anual que pueda influir en estos

procesos.

Abunda en este sentido el artículo 7 del Reglamento de la Denominación de Origen Calificada

Rioja cuando reitera la necesidad de que se garantice la optimización de la calidad de las

producciones y el artículo 8 que contempla la producción máxima para cada campaña.

Para el cumplimiento de las medidas establecidas, igualmente la Ley 24/2003 de la Ley de la

Viña y del Vino en el artículo 26 habilita al mismo órgano de gestión para proponer los requisitos

mínimos de control a los que debe someterse cada operador inscrito en todas y cada una ...

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