Ley 10/1995, de 29 de diciembre, modificadora de la legislación de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Tasas, Régimen Jurídico y Local y Función Pública

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Ley 10/1995, de 29 de diciembre, modificadora de la legislación de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Tasas, Régimen Jurídico y Local y Función Pública

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que la Diputación General de La Rioja ha aprobado y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Tribunal Constitucional ha manifestado en más de una ocasión la necesidad de retirar de las Leyes de Presupuestos aquellas disposiciones que no forman parte del contenido esencial de las mismas. Esto implica la necesidad de dictar una Ley de Acompañamiento a la de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que regule materias vinculadas con ingresos y gastos, tales como tasas, contratación y régimen funcionaria, y aquéllas que aprovechan este marco normativo para modificar disposiciones sobre las que han recaído dudas en su aplicación, a veces despejadas por los Tribunales o que incorporan actualizaciones debido al tiempo transcurrido desde su publicación. En unos casos, es claro que las modificaciones que se apuntan son el preludio de reformas más profundas que implicarán presentar textos legislativos completos.

El Proyecto de Ley que se presenta modifica la Ley 3/92, de 9 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Ley 3/95, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Ley 3/93, de 22 de septiembre, de Régimen Local de La Rioja y la Ley 3/90, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las modificaciones propuestas en materia de Tasas intentan acercar la realidad a la Ley. Así los artículos 53 y 56, preservan el secreto estadístico protegido por la Ley.

La asunción de transferencias en materia de espectáculos y asociaciones obliga a dos tipos de actuaciones,...

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