Expte. 856/2012 Modificación de la relación de puestos de trabajo en Policia Local Noviembre 2012

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de LogroÑO

La Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta:

  1. - El informe emitido con fecha 8 de Octubre por el Director General de Interior en el que justifica la necesidad de llevar a cabo una serie de modificaciones puntuales en la Relación de Puestos de Trabajo de la Policía Local a fin de mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios y con ello ofrecer a los ciudadanos una mejor asistencia y atención a sus demandas.

    Esencialmente se exponen a continación los cambios recogidos en el informe de referencia:

    1. Se crean funciones y responsabilidades específicas en cada puesto de Jefatura (Comisarios), así como una labor 'inspectora' de todas las subinspecciones a través del nuevo puesto de Inspector de Servicios, quedando extinguidas las actuales Jefaturas de Sección diurna.

    2. Se crea una Subinspección de Servicios nominada 'Subinspección de Gestión de Recursos, Atención al Ciudadano e Instituciones', dependiente de la Jefatura, nutrida de puestos y funciones ya existentes, pero no catalogadas actualmente, que como función principal darán el apoyo suficiente a la Jefatura de Policía Local para establecer los canales de comunicación y ordenación oportuna entre ésta y la plantilla policial. Esta Subinspección asumirá las funciones procedentes del, propuesto a extinguir, Grupo de Seguridad Dinámica e Información, manteniendo, como no podía ser de otra forma, las relaciones institucionales actuales. Además, serán el puente de comunicación entre la Policía Local y el ciudadano, siempre bajo la supervisión de la Jefatura, consiguiendo otro de los objetivos planteados en el presente, la integración de la Policía Local en la sociedad a la que sirve, permitiendo de este modo la participación ciudadana.

    3. Igualmente se lleva a cabo las modificaciones de catálogo necesarias que permitan que los policías locales que están desarrollando en la actualidad el período de prácticas puedan ser nombrados y tomar posesión en puestos de trabajo de policía de barrio.

    Con este cambio no de modifica el número total de puestos de la R.P.T. de la Policía Local ni se incrementa el gasto.

  2. - Que se han llevado a cabo las preceptivas negociaciones con la representación sindical que señala el art. 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, tal y como recoge el Acta de la Mesa General de Negociación de día 20 de Noviembre de 2012.

  3. - Que según lo dispuesto en el art. 127 apartado h) de la Ley 7/1985, de 2 abril...

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