Decreto por el que se establece el Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Decreto 23/2007, de 27 de abril)

Publicado enBOR
Ámbito TerritorialNormativa de la Rioja
RangoDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 04-05-2006), determina en su artículo 6.2 que es competencia del Gobierno fijar los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación que constituirán las enseñanzas mínimas, con el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado y la validez de los títulos correspondientes en todo el territorio español. El apartado 4 del mismo artículo precisa que las Administraciones educativas competentes establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la Ley, el cual será desarrollado y completado por los centros docentes en uso de su autonomía. El apartado 3, asimismo, especifica, con carácter general para todas las Comunidades Autónomas, que los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 65 % de los horarios escolares. En aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con dos lenguas oficiales dichos contenidos básicos se reducirán al 55% de los horarios escolares.

Una vez fijadas las enseñanzas comunes y definidas las competencias básicas que el alumnado debe alcanzar al finalizar la etapa educativa por el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre (BOE del 5 de enero de 2007), procede establecer el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En desarrollo de este mandato, el presente decreto define las competencias básicas que el alumnado debe alcanzar al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, así como los objetivos, contenidos y criterios de evaluación correspondientes a cada una de las materias que la integran.

Para ello, se ha tenido en cuenta, en primer lugar, el doble carácter de la etapa, orientada, por una parte, a proporcionar el bagaje necesario para la incorporación al mundo laboral; y, por otra, a preparar con garantías de aprovechamiento y superación a aquellos alumnos que vayan a continuar estudios, lo que exige una combinación de rigor científico y flexibilidad suficiente para hacer frente a ambos retos. Y, en segundo, la evolución y los grandes cambios que se producen a estas edades, que aumentan la complejidad intrínseca de la etapa y obligan a conciliar la formación común con la necesidad de ofrecer variedad de opciones a unos jóvenes a los que hay que iniciar en la libertad de elección, y en la responsabilidad y compromiso con las decisiones tomadas como objetivos esenciales de todo proceso educativo.

Así pues, con la finalidad de alcanzar esa cultura general que viene determinada por el doble carácter a que acabamos de referirnos, de modo que todos los alumnos accedan a los conocimientos imprescindibles para su incorporación a la sociedad o para continuar, intensificar y especializar sus estudios, la Educación Secundaria Obligatoria debe suponer una progresión con respecto a la etapa anterior, completar los territorios conceptuales delimitados en la Educación Primaria, y advertir, a través de la reflexión sobre las informaciones recibidas, las líneas maestras, vertebradoras, de cada materia. Debe garantizarse que los alumnos dominen no sólo las destrezas fundamentales del cálculo matemático, los fundamentos del desarrollo tecnológico o las lenguas, sino que hayan obtenido un conocimiento suficiente sobre qué son las Ciencias, las Matemáticas, la Música, la Literatura, la Historia, la Geografía..., sus referencias esenciales, particularmente aplicadas a España y Europa como contextos compartidos, y a la tradición occidental grecolatina de la que somos herederos. Una formación teórica lo más exigente posible que puedan ir incrementando a lo largo de la vida, guiada por la curiosidad intelectual como estímulo para el aprendizaje permanente. Sólo habiendo accedido a buenas introducciones a las diferentes disciplinas, sólo desde unos cimientos sólidos y rigurosos puede construirse una actitud inteligente y crítica ante los retos del futuro.

La capacidad para aprender a aprender, por tanto, se adquiere, sobre todo, aprendiendo; sobre el vacío de los datos no crecen las competencias, sino que la adquisición de éstas es consecuencia del estudio y la capacidad de utilizar aquellos con criterio. Sólo la abundancia y pertinencia de los conocimientos supone un sólido basamento para la libertad individual como principio supremo de nuestras sociedades. Por otra parte, además del aprendizaje de esos conocimientos esenciales es preciso potenciar en esta etapa la precisión en el lenguaje, el amor a lo bien hecho, el esfuerzo para conseguirlo, la voluntad y el espíritu de superación, el reconocimiento del mérito, tal y como establece la Constitución española de 1978, y la emulación y admiración por quienes a lo largo de la Historia encarnaron la lucha por la sabiduría, la ciencia, el arte y otros nobles ideales. Ese conjunto de conocimientos y valores es lo que, en suma, llamamos cultura y constituye el legado fundamental que cualquier sistema educativo debe transmitir a cada generación.

La consecución de estos objetivos no puede hacerse sin considerar las diferentes actitudes y necesidades de los jóvenes a esas edades, así como su variedad de intereses a la hora de escoger el futuro. De ahí que desde el inicio de la etapa, la Consejería competente en materia de educación ha de esforzarse por poner a disposición del alumnado todos los recursos posibles para inculcar el sentido de la responsabilidad sobre su rendimiento y comprometerlo en las decisiones sobre su recorrido como estudiantes, tanto en forma de incorporación a grupos de refuerzo y apoyo, como en la existencia de vías diferenciadas, de modo que las enseñanzas comunes iniciales desemboquen, conforme se avanza en la etapa, en una trayectoria personalizada y libremente asumida.

A este fin sirven la diversidad de programas y opciones que la Ley Orgánica de Educación ha dispuesto para ello, como los Programas de Diversificación, que implican una adaptación a pequeños grupos de los contenidos de las materias fundamentales, para que puedan alcanzar las competencias básicas aquellos alumnos que hayan presentado algún tipo de disfunción en el aprendizaje a lo largo de su vida de estudiantes; los Programas de Cualificación Profesional Inicial, que abren una posibilidad de preparación para el mundo laboral, o bien alcanzar la titulación y continuar posteriormente hacia la Formación Profesional, proporcionando así nuevas oportunidades al alumnado; los Programas Específicos destinados a aquellos alumnos con graves carencias de partida o en el momento de su incorporación al sistema educativo español; o la agrupación de materias en 4º curso, dirigida a facilitar una primera elección de itinerarios y la posterior continuación de estudios. En todos los casos, se trata de caminos diferenciados para obtener objetivos básicos e iguales para todos, fundamentalmente la estimación del esfuerzo como principal valor para el progreso en la vida, el respeto a los demás, el aprecio por la cultura y la creatividad, y el dominio de los conocimientos imprescindibles para el ejercicio responsable de la ciudadanía y para la elección con plena libertad de su futuro.

La formación de ciudadanos conscientes y comprometidos con los valores de la democracia, como resultado de una sólida preparación intelectual y humana sobre los principios de nuestra civilización, es otro de los grandes ejes del presente decreto. La Constitución española ha sido en todo momento la referencia de su articulado y de los currículos anexos, evitando cualquier tentación de adoctrinamiento y poniendo el énfasis en lo que la Carta Magna establece como fundamentos de la Nación española y como marco de valores compartidos sobre los que habrá de producirse, además, la integración de los nuevos ciudadanos recientemente llegados a nuestro país. La materia de Educación para la Ciudadanía se ha concebido con especial atención a ese espacio constitucional, soslayando con voluntad explícita la implantación de una moral de Estado y respetando escrupulosamente los ámbitos de la moral individual, cuyas decisiones pertenecen a la conciencia personal de los alumnos y a la educación recibida en el seno de las familias.

La enseñanza de las lenguas extranjeras ha sido también especialmente considerada, tanto por la ciudadanía común en cuya construcción está empeñada la Unión Europea, como por la llegada de población inmigrante con otras lenguas y costumbres. La intercomunicación y la actitud de apertura a realidades diferentes que supone el conocimiento de lenguas extranjeras, actúa como un incentivo para su aprendizaje e incide en que los nuevos ciudadanos...

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