Publicación aprobación definitiva de la modificación de las Ordenanzas Fiscales números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 año 2008

Extracto


Publicación aprobación definitiva de la modificación de las Ordenanzas Fiscales números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 año 2008

Aprobación definitiva de la modificación de las Ordenanzas Fiscales números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 año 2008.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día diecisiete de octubre de dos mil siete, aprobó provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales del año 2008.

El referido acuerdo, con todos sus antecedentes, ha permanecido expuesto al público durante el plazo de 30 días hábiles, previo edicto expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 143, de fecha 27 de octubre de 2.007, sin que durante dicho plazo se haya presentado reclamación alguna, quedando definitivamente aprobado, por lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril.

Contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso Contencioso-Adminsitrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma y plazos que establecen las normas reguladora de dicha jurisdicción.

Arnedo, 4 de Diciembre de 2007.- El Alcalde.

Parte dispositiva del acuerdo del ayuntamiento Pleno de fecha 17 de Octubre de 2.007.

«11.- Aprobación con carácter provisional de la modificación de las Ordenanzas Fiscales nºS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 Y 18.-

Se da lectura al siguiente dictamen de la Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico, de 25 de septiembre de 2007:

«4.- Visto el expediente que se tramita sobre modificación de impuestos, tasas y precios públicos en el que consta la Memoria justificativa formulada por la Alcaldía y los proyectos de Ordenanzas Fiscales, así como los informes técnico-económicos redactados al efecto.

La Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico, propone al Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:

1º.- Aprobar provisionalmente la modificación de los impuestos, tasas y precios públicos que a continuación se indica:

" Ordenanza Fiscal nº 1

Ordenanza fiscal general de Gestión, Recaudación e Inspección

20030710

FO0000000602_20030710

Artículo 84.- 1. Son competentes para la recaudación tributaria de la Entidad Municipal los órganos, servicio o Entidades que tengan atribuida o a los que se les atribuya reglamentariamenteesta condición por el Ayuntamiento de Arnedo.

2. Son colaboradores en la recaudación las Entidades de Depósito autorizadas para ejercer dicha colaboración.

Artículo 87.- Los ingresos se realizarán:

A través de Entidades Financieras, colaboradoras de la recaudación.

Artículo 93.- 1. Toda notificación deberá contener los siguientes datos:

a) Texto íntegro del acto, indicando si es o no definitivo en vía administrativa.

b) Recursos que contra el mismo procedan, órganos ante los que puedan interponerse y plazo para su interposición.

2. Cuando se notifique el inicio del procedimiento de apremio, se hará constar, además de los datos mencionados, los siguientes:

a) Plazos y lugar de ingreso de la deuda y del recargo y advertencia de que, caso de no efectuar el ingreso en dichos plazos, se procederá sin más al embargo de los bienes o la ejecución de las garantías existentes.

b) Advertencia sobre liquidación de intereses de demora y repercusión de costas del procedimiento.

c) Posibilidad de solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago.

d) Advertencia sobre la no suspensión del procedimiento, sino en los casos y condiciones previstos en el del Reglamento General de Recaudación.

Artículo 98.- Celebración de la subasta.

Una vez constituida la Mesa en el lugar acordado, dará comienzo el acto con la lectura, por voz pública, de la relación de bienes o lotes y de las demás condiciones que hayan de regir la subasta. A continuación, la Presidencia convocará a aquellos que quieran tomar parte como licitadores y hayan ingresado previamente, depósito de al menos un 20 por 100 del tipo de la subasta, reducido en casos motivados a un 10 por 100, en metálico o cheque conformado a favor del Ayuntamiento de Arnedo en la Caja Municipal.

Una vez celebrada la subasta, se procederá, por parte de la Presidencia, a la devolución de los Importes depositados a los licitadores no adjudicatarios.

En lo no dispuesto en la presente Ordenan...

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