Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones

Extracto


Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones

El Pleno del Ayuntamiento de Alfaro, en su sesión celebrada a fecha 4 de abril de 2008, 2005, aprobó inicialmente por unanimidad la Ordenanza Reguladora de Subvenciones.

Dicho acuerdo, con todos sus antecedentes, ha permanecido expuesto al público por plazo de treinta días hábiles, previo Edicto expuesto en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 57 de 29 de abril de 2008, sin que durante dicho plazo se haya presentado alegación, reclamación o sugerencia alguna. Por lo que al amparo lo previsto en el Art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta ahora inicial, procediéndose a continuación a publicar el texto íntegro de la Ordenanza elevada a definitiva, a los efectos de su entrada en vigor, de conformidad con el Art. 70.2 de la Ley 7/1985, modificado por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

Según lo dispuesto en el Art. 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 3 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Alfaro, a 2 de julio de 2008.- El Alcalde-Presidente, Tomás Martínez López.

Parte dispositiva del acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 4 de abril de 2008

.../....

Sometido el asunto a votación, y:

Visto el expediente de aprobación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfaro, y teniendo en cuenta los informes técnicos evacuados al efecto, obrantes en el expediente, así como el de Secretaría referido al procedimiento a seguir para la aprobación de dicha Ordenanza.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Educación y Cultura en el que se propone al Pleno de la Corporación la aprobación de la Ordenanza General de Subvenciones.

El Pleno de la Corporación, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Aprobar Inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfaro.

Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja y en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento sometiéndose a exposición pública por un plazo de treinta días para que los interesados puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Tercero.- Este acuerdo se entenderá definitivamente aprobado, en el caso de que no se presenten reclamaciones durante el período de exposición pública.

Texto Íntegro de la Ordenanza Aprobada.

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfaro.

Capítulo I

Del ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto.

1. Constituye el objeto de esta ordenanza la regulación del procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones municipales, en el marco del régimen jurídico definido en la Ley 38/2003 y Reglamento de desarrollo ..

Se entiende por subvención toda disposición dineraria realizada por el Ayuntamiento de Alfaro a favor de personas publicas o privadas y que cumplen los siguientes requisitos:

a. Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.

b. Que la entrega esté su...

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