Resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas yAlcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012

BOR. Boletín Oficial de La Rioja núm. 146, 12 de Noviembre de 2008III. Otras disposiciones y actos › Consejería de Industria, Innovación y Empleo

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Resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas yAlcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012

Visto el texto correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010, 2011y 2012 (Código núm. 2600415), que fue suscrito con fecha 17 de octubre de 2008, de una parte, por la Asociación de Empresas Vinícolas de la Zona de Rioja (AEVZR), Asociación de Bodegas Centenarias (ABC), Asociación de Bodegas Familiares (PROVIR) y Asociación de Artesanos Bodegueros de La Rioja (ARBOR), en representación empresarial y, de otra, por las centrales sindicales, Unión General de Trabajadores (UGT) y Unión Sindical Obrera (USO), en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (BOE del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción y depósito del citado Convenio en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-.Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 6 de noviembre de 2008.- La Directora General de Trabajo, Mª Concepción Arruga Segura.

Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012

Capitulo I. - Ámbito de aplicación

Artículo 1º.- Partes que lo conciertan.

El presente Convenio, ha sido negociado por representantes empresariales de la Asociación de Empresas Vinícolas de la Zona de Rioja (AEVZR), Asociación de Bodegas Centenarias (ABC), Asociación de Bodegas Familiares (PROVIR) y Asociación de Artesanos Bodegueros de La Rioja (ARBOR), y por otra parte, por representantes de los trabajadores integrados en las Centrales Sindicales, Unión General de Trabajadores (U.G.T.), Comisiones Obreras (CC.OO.) y Unión Sindical Obrera (U.S.O.), aunque Comisiones Obreras finalmente decidió no suscribir el Convenio.

Artículo 2º.- Ámbito funcional.

El presente Convenio, establece las condiciones de las relaciones de trabajo de aplicación obligatoria en todas las empresas del sector vinícola y alcoholero, salvo que tengan establecido un Convenio de Trabajo de ámbito de empresa con sus trabajadores.

Artículo 3º.- Ámbito territorial.

Este Convenio afecta a todos los centros de trabajo sitos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluidos en el ámbito funcional, y...

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