Decreto 18/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban las normas para la elaboración y evaluación del Segundo Plan de Salud de La Rioja

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Decreto 18/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban las normas para la elaboración y evaluación del Segundo Plan de Salud de La Rioja

1. Los planes de salud han sido objeto de regulación desde diversos ámbitos competenciales; tanto el Estado como las diferentes Comunidades Autónomas han dictado normas que abordan esta materia.

Por lo que a las normas estatales se refiere, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General deSanidad, contempla los planes de salud del Estado y de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias (artículo 70); los planes de salud conjuntos (artículo 71); planes en los que se proponga una contribución financiera del Estado (artículo 72), y el Plan Integrado de Salud (artículo 74). Precisamente el Real Decreto 938/1989, de 21 de juli...

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