Decreto 65/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Escolar de La Rioja

BOR. Boletín Oficial de La Rioja núm. 149, 12 de Noviembre de 2005I. Disposiciones Generales › Consejeria de Educacion, Cultura y Deporte

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Decreto 65/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Escolar de La Rioja

La Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja que fue aprobada por el Parlamento de La Rioja y publicada en el "Boletín Oficial de La Rioja" el 1 de julio de 2004, en la Disposición Final Primera autoriza al Gobierno de La Rioja para que dentro del ámbito de su competencia, en el marco de la presente Ley, dicte las disposiciones que considere necesarias para su aplicación y desarrollo.

El artículo 3, de las Disposiciones Generales de la citada Ley 3/2004 al determinar que el Consejo Escolar de La Rioja, los Consejos Escolares Municipales y los Consejos Escolares de otros ámbitos territoriales son los órganos de participación, consulta y asesoramiento en la programación de las enseñanzas, establece que lo serán en los términos y alcance que la Ley y los reglamentos de desarrollo de la misma establezcan.

Asimismo, en el Capitulo II, dedicado expresamente al Consejo Escolar de La Rioja, hace varias referencias al desarrollo reglamentario de la citada Ley 3/2004, cuya elaboración corresponde al Gobierno y cuya aprobación es el objeto del presente Decreto. En cuanto a los reglamentos de desarrollo de Ley, en lo que se refiere a los Consejos Escolares Municipales y los Consejos Escolares de otros ámbitos territoriales, serán elaborados y aprobados por el Gobierno en los términos establecidos en la citada Ley, para los primeros, en el artículo 20 y en la disposición transitoria segunda y, para los segundos, en el artículo 21.

Por otra parte, por el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, Estatuto de Autonomía de La Rioja, ("BOE" del 19), corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, c...

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