Resolución por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación y de ocupación, si procede, de bienes afectados por las obras del proyecto denominado: Mejora de las intersecciones de acceso a Arenzana de Abajo desde las carreteras LR-136 y LR-113

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejerÍA de Obras PÚBlicas, PolÍTica Local y Territorial
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho:

Primero.- Con fecha 1 de agosto de 2013, la Secretaria General Técnica dictó Resolución por la que se dispuso la información pública de la relación de bienes y derechos afectados por las obras del proyecto 'Mejora de las intersecciones de acceso a Arenzana de Abajo desde las carreteras LR-136 y LR-113'.

Asimismo, la citada Resolución designó a la representante y a la perito de la Administración en el expediente, para que llevaran a cabo cuantas actuaciones fueran necesarias.

Segundo.- Con fecha 15 de octubre de 2013, la Secretaria General Técnica dictó Resolución por la que se convocó para el levantamiento de actas previas a la ocupación y de ocupación, si procede, de bienes afectados por las obras del proyecto 'Mejora de las intersecciones de acceso a Arenzana de Abajo desde las carreteras LR-136 y LR-113'.

Tercero.- Con fecha 10 de marzo de 2014 el Director de las Obras emite informe en el que indica que en el proyecto de modificación de la línea eléctrica aérea de media tensión afectada por el referido proyecto de obras, y en el condicionado remitido por la empresa eléctrica, se ha detectado que es preciso incrementar la superficie a expropiar en dos parcelas del término municipal de Arenzana de Abajo, ya afectadas por el proyecto constructivo.

Cuarto.- Se va a proceder a consignar los preceptivos depósitos previos a la ocupación y, en su caso, los perjuicios de rápida ocupación, para poder elevar las actas previas a actas de ocupación, si procediera.

Fundamentos de Derecho:

Primero.- El procedimiento expropiatorio se tramitará conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, ya que el Consejo de Gobierno ha declarado la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación para la ejecución de las obras 'Mejora de las intersecciones de acceso a Arenzana de Abajo desde las carreteras LR-136 y LR-113'.

Segundo.- En virtud de lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, es necesario convocar en los lugares y fechas que se indiquen, a los propietarios de los bienes afectados, para que sin perjuicio de trasladarse al terreno, si alguno así lo solicita, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procede, de las actas de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto de obras.

El apartado 3º del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa señala que, a dicho acto...

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