Exposición a efectos de notificación denuncias de tráfico

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorAyuntamiento de Pradejon

Al no haberse podido realizar personalmente, a los interesados los expedientes que se reseñan de acuerdo con el Art. 159 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común Anuncio la notificación de la incoación de expedientes sancionadores por Infracción a la normativa de trafico y seguridad vial significando que

Cambio de titularidad.- Si con fecha anterior a la, denuncia se hubiera producido cambio de titularidad del vehículo deberá ser cumplimentado en el mismo plazo el apartado correspondiente al nuevo titular aportando documento acreditativo expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico

  1. Persona física y conductor identificado

    Conformidad de la denuncia.- El importe de la multa fijada será hecho efectivo con una reducción del 30%, si realiza el pago en los 20 días naturales siguientes a la fecha de recepción de, esta notificación. El pago reducido implica. Renuncia a formular alegaciones y si formula se tienen por no presentadas. Finalización del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa. Esto acto agota la vía administrativa siendo recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses La sanción es firme en vía administrativa con plenos efectos desde el día siguiente. ((Art. 80 RD. Ley 339/90 modificado por Ley 18/2009 de 23 de noviembre.

    Disconformidad con la denuncia.- En el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de recepción de esta notificación podrá Vd. formular escrito de alegaciones y proponer o aportar medios de prueba. Dicho escrito será presentado en los registros legalmente habilitados (Art. 38 ley 30192 de 26 de noviembre LRJPAC) y por razones de agilidad en el Registro del Ayuntamiento. En caso de formular alegaciones, una vez concluida la instrucción el/la instructor/a elevara la propuesta de resolución dándose únicamente traslado de la misma al interesado para que pueda formular nuevas alegaciones en el plazo de quince días naturales Si figuran en el procedimiento otros hechos o pruebas diferentes a las aducidas por el interesado (Art. 81.4 R.D,Leg 339/90 modificado por Ley 18/2009 de 23 de noviembre Art. 81 5 Si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, esta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador En este supuesto, la...

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